Censura y prensa franquistas
como tema de investigación
Jeroen Oskam
Universiteit van Amsterdam
Publicado en: Revista de Estudios Extremeños 47 (1991): 113-132.
El hecho de que cuando, hace dos años, entré en los archivos de la revista Indice, depositados en la Casa de Cultura de Malpartida de Cáceres, fuera el primer investigador que hizo uso de ellos, tal vez sea sintomático del escaso interés que sigue despertando el tema de la manipulación cultural realizada por el franquismo. Me di cuenta, además, de que el objeto de mis investigaciones - referidas tanto al fenómeno censorio como a aquella publicación - producía sorpresas, o, por lo menos, hacía surgir la idea de que mi estudio estaba mal enfocado.1 Por esta razón creo que caben algunas explicaciones, no sólo para justificarme a mí mismo, sino porque debido al avance demasiado lento y la divulgación todavía decepcionante de las investigaciones en este terreno pueden persistir malentendidos e interpretaciones erróneas del pasado inmediato que, evidentemente, no dejan de tener sus repercusiones en la cultura actual.
Quisiera subrayar, en primer lugar, el carácter insólito de la censura franquista. Si bien el énfasis que ponía en aspectos religiosos y en la vigilancia de las "buenas costumbres" pudiera recordar incidentes y situaciones que - aunque menos frecuente y sistemáticamente, y sobre todo, con menos intransigencia - se han producido en otros países bajo influencia clerical, los objetivos, el alcance, la organización y los fundamentos teóricos de la censura franquista únicamente se dejan comparar con la que hubo en algunos países durante sus fases totalitarias. No hay que olvidar que la censura, en vez de ser un aparato de control "moral", concebido con fines estrictamente educativos - que es como era presentada su función desde el punto de vista católico -, formaba parte integrante de un sistema represivo creado por el nuevo Estado de los sublevados, encaminado a la eliminación total - física y cultural - de sus adversarios. No se basaba, además, aunque fuera sólo teóricamente, en un "estado de emergencia" de carácter formalmente transitorio, sino en doctrinas minuciosamente elaboradas que, por consiguiente, llegaban a ser partes constitutivas de la ideología franquista: en los años cincuenta, bajo el ministerio de Arias Salgado se publicaron textos doctrinarios según los cuales el Estado se consideró como "salvaguarda del bien común", con típicas y demagógicas alusiones a la dominación de la prensa por nefastos "grupos de presión", activos en los países capitalistas, entre los cuales no se contaría la España franquista.2 La Ley de Prensa e Imprenta, promulgada en 1966, y considerada a veces, incluso hoy día, como mérito del ministro Fraga Iribarne, no fue tan meritoria - ni, por otra parte, de Fraga - pues se limitaba a ajustar la doctrina de censura al nuevo estilo modernizante, tecnocrático-desarrollista y "minipluralista" del régimen, dejando intacta su eficacia práctica.3
A la luz de esta anormalidad, y de las enormes consecuencias que tuvo la censura, resulta incomprensible la acusación de "politización" que a veces se ha hecho a los intentos de llevar a cabo una investigación seria en este campo, con métodos objetivos y sin conclusiones preconcebidas. O mejor dicho, no incomprensible, sino que la misma negativa a investigar el pasado reciente puede ser sospechosa de tener su origen en una actitud politizada. Todavía más injusto, a mi modo de ver, es el reproche, hecho a la voluntad de desmontar los restos del sistema propagandístico, de perseguir un "revisionismo histórico", si lo que se intenta hacer es disminuir, en lo posible, los daños causados a otras personas y a la sociedad en general por el franquismo mediante la monopolización de las instituciones culturales con métodos violentos.4 Tal revisionismo histórico se vería favorecido, justamente, por el mantenimiento de una situación propagandística creada por esta revisión de la cultura.
En cuanto a los métodos de investigación, por fin, creo que su objetividad y alcance se han beneficiado mucho con la apertura de los archivos estatales después de la muerte de Franco. Si estudios anteriores tuvieron que recurrir, principalmente, a material testimonial proporcionado por las víctimas de la censura5, el acceso al material original de los fondos del Ministerio de Información y Turismo y otros organismos censorios, que se encuentran en el Archivo General de la Administración Civil de Alcalá de Henares, permite hacer reconstrucciones documentadas de los modos de hacer y de pensar de la censura.6 Es de suponer, por cierto, que como la censura de publicaciones locales y actos públicos era incumbencia de las Delegaciones Provinciales, quedará cierto material también en archivos de estos organismos.7
Aparte de las confusiones de carácter general que rodean el fenómeno censorio, es preciso aclarar, en segundo lugar, algunos malentendidos que existen en torno a la prensa, y al caso concreto de Indice, y sus relaciones con la censura. La revista Indice, cuya posición ideológica siempre ha sido algo ambivalente, es visto como "víctima mínima" de la censura. Podría argumentarse, por lo tanto, que el estudio de la influencia censoria sería más fructífero si se refiriese a publicaciones de índole más arriesgada que, según este razonamiento, probablemente han sufrido una persecución más espectacular, lo que sería el caso de revistas de la oposición antifranquista o de las consideradas entonces como pornográficas.8 Sin embargo, no se trata de eso. La suposición de que Indice fuera censurado sólo en mínima parte está basada en una confusión etimológica que ha asignado a la palabra "censurar" el significado de "tachar"; obviamente, la revista era censurada, pasaba por censura, en su totalidad. Es ésta una observación a tener en cuenta si no se quiere incurrir en una visión anecdótica de la censura que deje oculta la influencia que ésta realmente ejerció en la cultura bajo el franquismo.
A la base de esta visión parece estar la imagen errónea de una prensa que conociese un desarrollo y unas condiciones de vida normales, para ser sometida sólo en el momento de salir a la luz a un aparato de control un tanto extravagante y anacrónico. Estará claro que tal aberración no toma en consideración toda una serie de medidas de socialización y de control anteriores características de la dictadura franquista tanto en su variante totalitaria como en su estadio definible como autoritario. En materia de prensa, existían instrumentos de control tan decisivos como la limitación de la actividad profesional a través de la inscripción obligatoria de la publicación y el nombramiento de su director. Esta situación, así como la circunstancia de que la profesión periodística solía formar, más que en otros géneros literarios, la manera de subsistencia única para los que de ella dependían, traían consigo un conformismo y una docilidad que a veces llegaba a convertir en práctica consciente e institucionalizada el fenómeno de "autocensura" que caracterizaba la generalidad de la producción cultural bajo el franquismo.9 Pero también previamente la dictadura había hecho sentir toda su fuerza propagandística, sobre todo en la formación de las generaciones jóvenes, los efectos de lo cual se hacen perfectamente visibles en la toma de conciencia dificultosa de los que más tarde serían importantes pensadores socialistas, como José Aumente o Francisco Fernández-Santos.
Por todo esto parece más correcto entender la censura como cara negativa o destructiva de un aparato cultural que también tenía su funcionamiento "positivo"; en el sentido, desde luego, de "productivo". Salta a la vista la constante aparición de los mismos personajes en uno y otro campo de actividad, por lo menos durante una primera etapa.10 Como productos de esta élite cultural podrían mencionarse las revistas El Español y, sobre todo, La Estafeta Literaria, fundadas por Juan Aparicio, a la sazón Director General de Prensa, pero también un escritor como Camilo José Cela, que vio su carrera literaria firmemente apoyada, como es sabido, por el mismo Aparicio, y que por aquellos años hizo constar como profesión la de "censor de revistas".11 Ejemplo parecido es el del autor-censor extremeño Pedro de Lorenzo.12
La heterogeneidad del franquismo, sin embargo, disminuyó la importancia de este grupo de extracción falangista, y fue reemplazándola, ya desde un primer momento, por una fuerte influencia inspirada en el integrismo católico, a consecuencia de lo cual se produce el fenómeno de los censores censurados; ejemplos son los dos autores que acabo de mencionar.13 Por otra parte, nada parece indicar que esta evolución ponga fin a la amistad y la colaboración entre el mundo censorio y el de la prensa. Diría, en suma, que una tercera variable que determinaba las relaciones entre censura y prensa la constituye, además de la posición ideológica y la rigidez de la censura, y la ideología e índole moral de la publicación, la distancia entre una y otra, no sólo ideológica como consecuencia de los dos factores anteriores, sino una distancia muy concreta, casi física, expresable en los metros que separaban sus respectivos domicilios, en amistades y fuentes financieras.
En el caso de Indice, aunque su calificación de "semi-independiente" en un estudio reciente parece tener valor sobre todo metafórico14, la compenetración entre Estado y prensa quedaba asegurada por la persona de su director, Juan Fernández Figueroa, que aparte de cumplir el requisito legal de poseer el "Carnet de Periodista" - obtenido en la Escuela Oficial de Periodismo, en la cual tuvo como mentor a Juan Aparicio -, provenía del aparato cultural productivo, donde trabajó, en la primera mitad de los cuarenta, como redactor en El Español y La Estafeta Literaria, y luego, como redactor-jefe, en el tercer programa de Radio Nacional. En la dirección de Indice, se servía de esta procedencia por medio de una amplia red de amistades sólidas en todo el aparato censorio, situación que, a juzgar por la documentación encontrada, sigue casi inalterada a todo lo largo de la existencia de la revista. Como ejemplo podría citarse - con las reservas señaladas que hay que tener con respecto al enfoque anecdótico, tan popular entre críticos (anteriormente) adscritos al régimen por su efecto de minimizar el papel de la censura15 - la autorización del número titulado "A los 10 años de Indice", número antológico que comprendía artículos que ya una vez fueron autorizados para números anteriores, y que en esta ocasión fue prohibido en gran parte; autorización que fue gestionada por la secretaria de la revista en casa del Director General de Prensa, Muñoz Alonso, en Nochebuena de 1961, y que permitió a la revista salir sin retraso importante. O el caso del número monográfico sobre "el forcejeo con la censura", que en 1971 fue presentado a censura en el momento de cerrar sus despachos, en temporada de vacaciones, y autorizado, según los testimonios, por la influencia personal de Juan Fernández Figueroa.16
Tomando en consideración esta circunstancia tan trivial como decisiva, podemos pasar al examen de los dos factores principales: la evolución de la censura de prensa y, a modo de ejemplo, de la revista Indice.17 Sin detrimento de lo señalado sobre los orígenes comunes y la compenetración entre censura y prensa, existe cierta relación causal que explica la divergencia que surge entre ambas evoluciones: parece evidente que periodos de mayor rigidez censoria causaban un enfriamiento de esa ligazón íntima. Mientras que en los primeros meses de su existencia la revista hizo explícita su identificación con el franquismo y con el régimen de censura18, en años posteriores se fue moviendo hacia un izquierdismo algo ambivalente, consiguiendo realizar, gracias, quizás, a su posición privilegiada, auténticas "hazañas".
La historia del Indice de Fernández Figueroa comienza en 1951, pues la revistilla que antes de esta fecha salía bajo el mismo nombre, nacida como suplemento de El Bibliófilo, era de carácter bastante distinto. Esto también tiene su explicación en la legislación de prensa franquista: las normas restrictivas del uso de papel - motivadas por la escasez que sufría la España de posguerra - casi impedían la fundación de publicaciones por particulares, pero no se extendían a la continuación de las ya existentes, y podían esquivarse, consiguientemente, por la adquisición de un título cualquiera. Juan Fernández Figueroa aparece como director y propietario de Indice a partir de su número 43, de octubre de 1951.
No es este el lugar para traer a colación todas las tachaduras y modificaciones impuestas a la revista entre esta fecha y la entrada en vigor de la Ley de Prensa e Imprenta de 1966. Ya me he referido al número monográfico sobre el tema, titulado "Lo que nos prohibió la censura en 20 años", en el cual se publica una "Guía incompleta" de intervenciones censorias, que aunque incompleta es prácticamente exhaustiva del material conservado en los archivos a partir de 1954.19 Para una indicación concisa y global de la aplicación de los criterios de censura, se puede recurrir a la estadística: de los fragmentos censurados a Indice, casi la mitad (48 %) se refiere a la crítica del orden político y social, el 15 % a la crítica de la cultura oficial y a la propia censura, en otro 15 % se hace referencia a intelectuales exiliados o pensadores heterodoxos, el 14 % obedece a razones morales y el resto (9 %) a razones religiosas. La progresiva politización de Indice queda reflejada en el correspondiente aumento en la aplicación de los criterios políticos.20
Como ejemplo, y como ampliación de la lista publicada por Indice, me limito a la descripción de las tachaduras encontradas en las galeradas anteriores a 1954:
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Octubre '51: Tachada una noticia en la sección de Información teatral, relativa al teatro de ensayo "La Carátula".
Diciembre '51: Tachados fragmentos del cuento "Densidad", de Jesús López Pacheco, que no se ajustan a las normas de moralidad (una referencia a hijos ilegítimos, expresiones como "tetas" y "bragueta").
Enero '52: Prohibido el cuento "La muchacha de casa", de Francisco García Pavón, sobre un infanticidio.
Junio '52: Tachado un fragmento sobre el jazz en un artículo de Jean Paul Sartre.
Julio '52: Tachado un fragmento que denuncia la arbitrariedad y la falta de formación profesional de las "Juntas de censura" cinematográfica.
Tachado, de una reseña de Campo abierto, de Max Aub, un párrafo en el cual el crítico se pronuncia en contra de la idea de las dos Españas.
Septiembre '52: Tachada de un artículo sobre el jazz de Sartre una alusión a la prostitución en Nueva Orleans.
Prohibida la reproducción de un cuadro que representa una escena bíblica, en el que aparecen varias figuras desnudas.
Prohibido el artículo "Hay que destruir un laberinto", de Juan A. Bardem, en el que el laberinto por destruir es la censura arbitraria, vista como responsable del estado vergonzoso del cine español.
Tachado un fragmento sobre Saroyan, en el cual, en la descripción de una discusión entre un misionero y el escritor, se pone de relieve la actitud antirreligiosa de éste.
Tachado, de un artículo de Alejandro Gaos, un fragmento que destaca el valor de la poesía de Miguel Hernández.
Octubre '52: Prohibida la reproducción de un cuadro en el cual aparecen tres mujeres medio desnudas.
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Uno de los resultados más sorprendentes del forcejeo de Indice con la censura es la cantidad verdaderamente increíble de materiales prohibidos previamente que consiguió publicar.21 Sin embargo, de un forcejeo o de simples negociaciones que expliquen este hecho apenas quedan huellas, ni en los archivos ni en los testimonios de los antiguos colaboradores; es de suponer que si había contactos, éstos tenían un carácter verbal y se desarrollaban al nivel más alto, es decir, entre Juan Fernández Figueroa y sus amigos en la censura. Tarea que, por lo tanto, no podía ser delegada, mientras que el único indicio escrito de negaciones en este sentido consiste en una nota en lápiz debajo del arriba citado fragmento sobre Saroyan, tachado por supuesto anticlericalismo, que dice: «Autorizado por Valverde. Se trata Pastor protestante».
Durante un primer periodo, que dura hasta el año 56, las ideas que aparecían en Indice no se apartaban, a pesar de su tono claramente aperturista, de las que estaban representadas en el régimen franquista. Los problemas más graves surgidos en estos años tenían su origen, por consiguiente, en las contradicciones internas del régimen. El primer choque serio de Indice con la censura se produjo en 1954, cuando la censura secuestró, después de impreso, el número especial dedicado a Baroja. Es significativo que se tratase precisamente de este autor que, pese a una cierta popularidad en algunos sectores del falangismo - que quizás le atribuyeran, injustamente, el libro Comunistas, judíos y demás ralea, publicado bajo su nombre -, fue declarado ya en 1936 proscrito gracias a la influencia clerical en la censura, observándose que «las obras de Pío Baroja van contra la familia, la Iglesia y el Estado. Están en contraposición al espíritu y la letra de los Puntos Iniciales 1o.., 7o.. y 25o.. de la Falange y al propio tiempo es literatura disolvente en máximo grado prohibida en España».22
La aplicación del procedimiento poco corriente de secuestrar una publicación ya impresa - mientras existía la censura previa - solía explicarse por la influencia de una presión externa, lo que en este caso parece ser confirmado por la aparición de ataques al número de Indice y a los intelectuales heterodoxos en varias publicaciones católicas.23 Según parece, Juan Aparicio propuso a Fernández Figueroa que sometiese el número a censura eclesiástica; y efectivamente, se dirigió a un personaje de alto rango eclesiástico, probablemente un conocido suyo, que sin embargo se negó a ayudarle. Por otra parte, sí consiguió, quejándose del gravísimo perjuicio financiero causado por el secuestro, como consecuencia del cual la revista no salía durante más de medio año, que se autorizara la venta de 2.000 ejemplares para el extranjero, y que Aparicio acordase hacer la vista gorda con respecto a la venta de ejemplares sueltos por correo.
La segunda desaparición de la revista coincide con las protestas estudiantiles de principios de 1956. La suspensión de Insula e Indice se basaba oficialmente en el incumplimiento de la cláusula relativa al número de páginas, pretexto poco convincente para deshacerse de dos revistas críticas con una amplia difusión; parece que esta infracción incluso se toleraba para invocarla como argumento en casos difíciles. Es de advertir que poco antes habían dejado de salir las revistas estudiantiles Alcalá y Haz24: es pensable que el verdadero motivo de la irritación del gobierno - pues la medida se atribuye al ministro Arias Salgado - fuera la atención que las cuatro revistas dedicaron a la muerte de Ortega y Gasset, personaje que para el integrismo católico no resultaba menos controversial que Baroja. Esta atención suponía una violación de las consignas gubernamentales, transmitidas a la prensa antes y después de la muerte del filósofo, que decían: «En el caso de que ocurriere el fallecimiento de Ortega y Gasset, la información sólo se podrá titular a dos columnas y no será muy extensa. Se podrá publicar una sola fotografía y algún artículo, pero junto a sus méritos deberán recordarse sus errores políticos y religiosos», y «En relación con la muerte de don José Ortega pueden publicarse hasta tres trabajos: la biografía y dos artículos. Título de la información, como máximo, a dos columnas. Si se hace un comentario de su filosofía, deberá hacerse con altura, sin violencia contra él,aunque destacando sus errores en materia religiosa. Pueden publicarse en la primera página fotografías de la capilla ardiente, de la mascarilla o del cadáver, pero no de don José vivo. En páginas interiores podrán publicarse hasta dos fotografías de Ortega vivo».25 Mientras que Insula no puede salir durante todo el año 1956, Fernández Figueroa consigue el levantamiento de la suspensión después de tres meses, alegando que, por tratarse de un número doble, no hubo exceso en el número de páginas.26
En 1960 se produce un incidente que merece la atención no tanto por sus consecuencias, que son escasas, sino porque gracias a su tramitación formal el desarrollo completo de la cuestión ha sido archivado. En el número de septiembre de ese año, se publican tres artículos que habían sido sometidos a censura, pero cuyas galeradas aún no habían sido devueltas. El caso produce una correspondencia dentro del ministerio que es reveladora de sus normas y móviles: se solicitan informes acerca de las características de la publicación, sanciones anteriores, datos profesionales de los autores de los artículos y del director, la repercusión de los artículos en la prensa nacional, extranjera y en general. Los informes resultan favorables para Indice - los servicios informativos no han captado referencias a la publicación, las secciones de prensa extranjera y nacional no han encontrado alusiones, no se han recibido reclamaciones, no se tiene constancia de expedientes anteriores, y de los periodistas figura inscrito Fernández Figueroa, cuyos «antecedentes político-sociales, son favorables para el interesado». Consecuencia de todo esto es que el expediente se resuelve en una amonestación al director.27 Medio año más tarde, sin embargo, la publicación no autorizada del artículo "La derecha, su máscara y sus mitos", de Francisco Fernández-Santos, da motivo para la destitución de Fernández Figueroa, sanción que le es comunicada verbalmente, y que no es levantada hasta un año después.28 La medida queda, sin embargo, sin consecuencias prácticas, ya que se nombra director a G. Alvarez Uribarri, personaje éste que ya había realizado trabajos para la revista relacionados con la publicidad y, por lo visto, el único candidato que poseía el Carnet de Periodista. Es decir, se permitió a Indice solucionar el problema por medio de un cambio interno de posiciones, que en realidad no fue más que aparente.
A principios de los años sesenta la evolución de Indice hace posible la aparición en sus páginas de artículos de contenido ideológico muy distinto, de entre los cuales cabe destacar algunos de tono netamente socialista e incluso marxista, de colaboradores jóvenes como José Aumente, Ignacio Fernández de Castro y Fernández-Santos, cuyo artículo citado en el párrafo anterior constituye un buen ejemplo. Pese a la completa arbitrariedad de la censura, salta a la vista la autorización, por lo visto sin problemas dignos de mención o de ser archivados, de gran parte de estos textos. Como veremos, será confirmada por referencias explícitas en los díctamenes que se hacían después de 1966, la impresión de que la figura de Fernández Figueroa inspiraba la confianza suficiente para explicar estas hazañas, sobre todo cuando acompañaba los artículos desafiantes de acotaciones que mitigaban o contradecían su contenido. Aunque fracasada en esta ocasión, esa táctica se trasluce en la entradilla de la que iba precedida "La derecha, sus máscaras y sus mitos", que advertía que el artículo partía de «premisas que compartimos no en un todo. [...] Sin querer, incurre F. Fernández-Santos en lo que reprocha a la derecha: petrifica, congela el antagonismo derecha-izquierda, como si no pudiese torcérsele el cuello. Pero se puede. [...] La derecha y sus mitos es algo que debe leerse cuál instancia de apelación, para que surta efecto. Trátase de un escrito punzante, que hará pensar y escocerá, por sus descarnadas razones.».29 Tampoco es probable que fuese autorizado el artículo "Filosofía y economía", del filósofo marxista exiliado Juan David García Bacca, si no apareciera en la misma página "Riqueza y cristianismo", defensa de la superioridad del cristianismo sobre el marxismo por Fernández Figueroa.30
En 1966, finalmente se realiza una reforma de la legislación censoria, identificada con un periodo que el régimen quería dejar atrás, pero el carácter "liberal" de la nueva ley resulta ser muy limitado: aunque la censura previa se convierte en una consulta voluntaria, el perfeccionamiento de las posibilidades de tomar medidas posteriores en realidad sólo hacía más arriesgado el trabajo periodístico. La verdadera significación de la Ley de Prensa parece estar, por lo tanto, en el clima de libertad y optimismo que causa su introducción y en la atracción que el fraguismo ejerce sobre apóstatas como Fernández Figueroa. Para celebrar la nueva libertad, Indice publica un número polémico sobre el tema "¿República o monarquía?", con una foto de Azaña en la portada, que provoca un comentario asustado de Emilio Romero en Pueblo y hace que Juan Aparicio descubra un lejano parentesco familiar entre Azaña y Figueroa, que aprovechará en futuros artículos31. A pesar de la indignación, el Servicio Técnico-Jurídico de la Subdirección General de Prensa dictamina que la adhesión a la República sólo supondría una falta de acatamiento a las Leyes Fundamentales «si en España no fuera posible otra forma política que la Monarquía o, en otras palabras, si dicha forma política - vigente actualmente - no fuera revisable por procedimientos legales», y que, en otro artículo, «la reivindicación histórica de la figura de Azaña que realiza Marichal es matizada por las consideraciones de Figueroa [...]».32
En el primer caso ya se advierte la importancia que adquieren consideraciones estrictamente jurídicas en el nuevo régimen de prensa. No cabe duda de que gracias a este fenómeno a veces se ampliaba la libertad de expresión. En el número de febrero de 1967, aparece el artículo "Ideas para una teoría del Movimiento Obrero", que según el Servicio Técnico-Jurídico «ofrece signos de clara demagogía», y en vista de tales ideas se propone la incoación de expediente administrativo, «por cuanto pudiera estimarse que aquéllas contrarían o afectan en algún sentido a las exigencias de la Seguridad del Estado y mantenimiento del orden público interior [...], señalando por nuestra parte a este respecto que no cabe apreciar, sin embargo, una base concreta, que habría que referirla a la totalidad del artículo, globalmente conceptuando, por lo que cabría pensar también en las dificultades que supondría la formulación de un pliego de cargos en tal sentido, y los puntos de defensa que que el evidente carácter teorizante del mismo ofrece». Sin embargo, la burocratización no pone trabas a la eficacia de la censura: el mismo número es sancionado con una advertencia verbal al director, por la omisión de la fecha de publicación y el domicilio del impresor.33
Además, cabe señalar que estos casos son más bien excepcionales, y que la Ley de Prensa era, más que nada, un instrumento para sancionar cualquier tipo de crítica, por medio de su famoso artículo no. 2, relativo al acatamiento de las Leyes Fundamentales, el respeto a las personas e instituciones, el orden público y la moral. En el caso concreto de Indice, que por razones de principio no hacía uso de la consulta voluntaria, la modernización de la ley no trae consigo una disminución de los problemas. En abril de 1967, se tachan, es decir, se niega la autorización para la publicación de los artículos "Madariaga y el negocio español" y "Unidad y democracia".34 En octubre del mismo año, el artículo "Sobre el sindicalismo revolucionario" motiva una actuación posterior, aunque el expediente al final es sobreseído35; en mayo de 1968, la «dura y desproporcionada crítica a la política económica del régimen», en el artículo "La peseta mordida", que supone, en términos jurídicos, una «falta de respeto a las Instituciones y personas», es sancionada con una multa de 10.000 pesetas.36
El número de abril de ese año es secuestrado, y objeto de «procedimiento de urgencia», puesto que el artículo "Miedo monárquico", de Fernández Figueroa, «en el cual se hace una abierta defensa de la República, aludiendo a ella como la forma de gobierno idónea para España preferible a la Monarquía, a la que minimiza utilizando frases de inequívoca intención, [...] supone una manifiesta falta de acatamiento a las Leyes Fundamentales del Reino [...]», falta grave que le costará 30.000 pesetas.37 Otro secuestro y otra multa de 30.000 pesetas son la consecuencia, en enero de 1969, de una infracción grave de orden moral, por la publicación de una entrevista con un drogadicto homosexual.38 En estos dos casos se pone de manifiesto, además, el riesgo personal que corrían los periodistas bajo el nuevo régimen de prensa. Fernández Figueroa es procesado por su artículo antimonárquico, pero absuelto, ya que el Tribunal de Orden Público establece una distinción entre los principios monárquicos del Estado y la vigente elaboración de los mismos, que había sido objeto de la crítica de Figueroa.39 Menos suerte tiene Antonio Hernández, autor de la entrevista, puesto que su absolución por la Audiencia Provincial de Madrid, que consideraba que la entrevista no hacía apología del vicio, queda anulada por sentencia del Tribunal Supremo, por el siguiente razonamiento: «El delito de escándalo público lo constituye la exposición de doctrinas inmorales, la exteriorización de ideas, opiniones o conceptos atentatorios a los principios morales, consagrados como básicos e intangibles por las normas vigentes en la comunidad. Tal exposición puede suponer un peligro para los valores éticos, fundamentales, que la ley debe tutelar con toda energía, no sólo por razón del mal ejemplo que suponen determinadas manifestaciones, sino en atención al agravio que infieren a los comunes sentimientos de decencia, con la conmoción social de ello resultante, que ha de traducirse en la sanción penal adecuada, valladar a estas crecientes y corrosivas demasías, como un indiscreto reportaje sobre un drogadicto, pederasta y antisocial, cuyas procacidades dialécticas recoge extensamente el informado». La «sanción penal adecuada» asciende, en este caso, a 5.000 pesetas.40
El obvio aumento de la represión culmina en el estado de excepción de enero de 1969, a consecuencia del cual queda transitoriamente restablecida la censura previa. Fernández Figueroa publica un curioso elogio del franquismo, que sorprende e irrita a muchos lectores, pero no es probable que el ensayo - dada la actitud consecuente de Figueroa a este respecto - signifique una concesión a la medida del gobierno. En el mismo mes son tachados íntegramente doce artículos del contenido crítico habitual en la revista.41
Después de la vuelta a la normalidad, se incoan expedientes, en mayo y junio de 1969, por la publicación de entrevistas con el comunista yugoslavo Barbieri y Claudio Sánchez Albornoz, respectivamente; el último número es objeto de secuestro. Los dos casos terminan en sobreseimiento por no haberse formulado una resolución dentro del plazo legal.42 En septiembre de 1970, la revista recibe un apercebimiento por la falta de respeto al Cuerpo Diplomático manifestada en un comentario sobre el secuestro de embajadores en Latinoamérica.43 El último secuestro de la revista se produce en septiembre de 1972, por haberse cometido en sus páginas el delito de «propaganda ilegal»; curiosamente, no hay indicios de consecuencias posteriores para la revista, sino que se considera como autor del delito al entrevistado del artículo, Dionisio Ridruejo, que es procesado.44
El inventario de los problemas con la censura sufridos por Indice, pone de manifiesto que la censura, en su primera fase, no fue sólo un instrumento para excluir de los medios de comunicación a los enemigos del franquismo, sino que su monopolización por parte de un grupo de presión católico condujo incluso, cuando se presentó el caso, a medidas represivas contra otros sectores del régimen. La repercusión de los conflictos internos del franquismo trae consigo una cierta desintegración del bloque formado anteriormente por la censura y la prensa franquista, que, aun no disminuyendo la eficacia de aquélla, contribuía a una mayor independencia de algunas revistas; en el caso de Indice, por otra parte, las buenas intenciones que el régimen parece demostrar con la proclamación de la Ley de Prensa, consiguen contrarrestar, en parte, el proceso de alejamiento ideológico.
En segundo lugar, el examen de las relaciones entre Indice y la censura confirman las conclusiones obtenidas en estudios anteriores con respecto al mito de la Ley de Fraga. Juzgando con criterios objetivos, resulta difícil determinar si la Ley de Prensa supone una liberalización, o si sus efectos son más bien negativos, sobre todo si se toma en cuenta la importancia de causas externas como los cambios en el seno de la Iglesia española. Aparte de textos puramente doctrinarios, que a veces escapaban a la censura por razones jurídicas, los mismos temas y formas de crítica continuaban siendo arriesgados. Aunque hubo periodos más liberales - según se deduce de la historia de Indice, en los primeros meses después de la proclamación de la Ley, y en los últimos años del franquismo -, el rigor de los años 68 y 69 evidencia que dicha liberalización probablemente no era consecuencia directa de la Ley de Prensa y tenía su origen en otras circunstancias. En el caso de Indice, además, la nueva ley tiene consecuencias desfavorables: la nueva situación creada significa una burocratización y un aumento de la complejidad del sistema que disminuye la influencia personal en él, ejercida hasta entonces por el director de la revista, lo cual, en realidad, era nada más que el reflejo formal de la ampliación del mundillo cultural franquista desde la posguerra.
Más difícil todavía resulta, por fin, apreciar los resultados objetivos del vanguardismo de Indice. Aunque la importancia de su papel en la divulgación de ideas críticas es incuestionable, de nada en concreto se puede deducir que el carácter a veces atrevido de la revista lograra cambiar la aplicación de las normas de censura en un sentido favorable para otras publicaciones.45 La función, seguramente muy útil, que Indice, en este aspecto, gracias a su posición ambigua podía desempeñar, parece limitarse a la de explorador de los límites del posibilismo.
Como conclusión final, sólo puedo insistir en que la investigación de estos temas me parece absolutamente necesaria y urgente. Acabo de referirme a dos interpretaciones erróneas, una basada en el impresionismo entusiasta de las víctimas, y otra quizás con motivos más nocivos. El que no estén debidamente investigados estos problemas no puede ser deseable desde una posición científica no politizada. Igualmente grave sería que la cultura de la época en cuestión no pudiese librarse de las deformaciones y mutilaciones censorias, o que éstas no se hicieran, por lo menos, distinguibles en ella; en definitiva, que no se le quitase de encima las falsas intenciones políticas que le fueron impuestas por el régimen franquista.46
NOTAS
1. Advertí esta actitud, sobre todo, en conversaciones con gente no directamente especializada, y debo señalar que autoridades en el terreno de la cultura contemporánea han subrayado la importancia de este tipo de investigaciones (p.e., Elías Díaz, Pensamiento español en la era de Franco (1939-1975), Madrid: Tecnos, 1983, p. 45).
Además, quisiera hacer constar que, asombro o no, esa actitud en todo caso no fue obstáculo para que recibiera la ayuda importantísima que recibí en muchos sitios, y particularmente, en la Casa de Cultura de Malpartida.
2. G. Arias Salgado, Textos de doctrina y política de información. Madrid: Publicaciones de la Secretaría General del Ministerio de Información, 1956. Entre los antiguos censores se considera como verdadero autor de este libro al extremeño Valentín Gutiérrez Durán, a la sazón Subdirector General de Prensa, perteneciente al sector clerical.
3. Fernández Areal demuestra que anteproyectos de la ley estaban ideados y elaborados ya por la ACNP al entrar Fraga en el ministerio en 1962 (M. Fernández Areal, El control de la prensa en España, Madrid: Guadiana, 1973, p. 243). El máximo estudioso de la censura franquista en este momento, Manuel L. Abellán, llega a la conclusión de que "la Ley de Prensa e Imprenta fue un montaje jurídico que hizo posible la aparición de las divergencias políticas que se ajustaban a la tradición, al presente y al futuro entrevisto por el propio régimen y, al mismo tiempo, mantenía cerradas las puertas a cualquier veleidad política de signo opuesto. Sólo en la medida en que la base sociológica del franquismo se fue estrechando, y en la medida asimismo en que los tránsfugas fueron engrosando las filas de los discrepantes políticos, la censura, por pura inercia, no tuvo más remedio que cambiar de método y aplicar criterios cada vez más amplios." (M.L. Abellán, "Censura y práctica censoria", Sistema 22, enero 1978, pp. 29-52).
4. Buen ejemplo son los nombres de las calles, utilizados por la dictadura franquista para la gloria de sus representantes y de sus actos, y afortunadamente cambiados ya en muchas ciudades. No se trata, en esto, de rehacer la historia, cambiando, por ejemplo, los nombres de Franco o Mola por actuales representantes del ejército, o el de la División Azul por el de una banda de ideología distinta activa en este momento, sino de quitarles el sentido conmemorativo que les otorgó la propaganda franquista.
5. Por ejemplo, las entrevistas recogidas por Antonio Beneyto en su libro Censura y política en los escritores españoles (Barcelona: Euros, 1975) o la encuesta utilizada por Abellán en "Censura y producción literaria inédita" (Insula 359, oct. 1976, p. 3) y "Censura y autocensura en la producción literaria española" (Nuevo Hispanismo 1, invierno 1982, pp. 169-180). Huelga decir que por medio de material de este tipo se ha conseguido datos valiosos forzosamente ausentes en los archivos de la censura.
6. En primer lugar, habría que citar aquí Censura y creación literaria en España (1939-1976), de Manuel Abellán (Barcelona: Península, 1980), primer estudio extenso de esta materia - que, por cierto, también hace uso del cuestionario mencionado en la nota anterior -, centrado en la censura de libros. Sobre la censura de prensa, cfr. Javier Terrón Montero, La prensa en España durante el régimen de Franco (Madrid, CIS, 1981). La censura de la lengua y literatura catalanas es objeto de las investigaciones de María Josepa Gallofré; Joan M. Torrealdai se ha ocupado del euskera. Sobre varias facetas de la censura de libros han sido realizado - o están realizándose - estudios por Jacqueline Hurtley (sobre las traducciones publicadas en la España franquista), Douglas LaPrade (Hemingway), Francisca Montiel (la novela social), Gloria Romero-Downing (escritores latinoamericanos), Brigitte Schm"lling (la novela de la inmediata posguerra) y Claudia Ulferts (exilio). La investigadora alemana Elke Baumstark ha investigado las consignas de prensa y el funcionamiento interno del aparato censorio. La censura cinematográfica la está estudiando, con material de este archivo, Rosa María Añoveros.
7. En realidad, estas Delegaciones tenían toda una gama de funciones pertenecientes a la censura de las manifestaciones culturales locales, y formaban el aparato de control de lo establecido centralmente. Esto no se limitaba, por ejemplo, a la inspección de las publicaciones puestas a la venta, o de la hora en que esto sucedía, centralmente fijada para hacer posible el control debido; las Delegaciones también se ocupaban de vigilar a los ciudadanos, informando a la Dirección General de Prensa, por ejemplo, sobre los destinatarios de la revista americana Playboy.
8. No digo que esta impresión no sea cierta; es que el asunto es, creo, demasiado complicado para que pudiera haber un método de comparación adecuado y unívoco. Si se parte, por ejemplo, del número de incidentes producidos bajo la Ley de Prensa, se abrió expediente administrativo a Indice en seis ocasiones, mientras que para dos revistas de índole parecida son siete, en el caso de Cuadernos para el Diálogo, y quince, en el de Destino. Tomando en cuenta la gravedad de la sanción, los totales de las multas impuestas a las tres revistas suman, respectivamente, 70.000 pesetas (para Indice), de las que habría que restar treinta mil por sobreseimiento del expediente, 165.000 ptas. (Cuadernos), y 555.000 ptas., para Destino. Sin embargo, estas comparaciones no reflejan fenómenos importantes de la represión cultural, como el hecho de que algunas revistas - es el caso de Ruedo ibérico - optaron por publicarse en el exilio.
En cuanto al concepto de "pornografía" manejado por los censores franquistas, cabe señalar que fue de aplicación más amplia que en estos momentos. Sin querer detenerme demasiado en el asunto, creo que es ilustrativa de las normas de moralidad vigentes la sentencia del Tribunal Supremo del 26-2-1970 sobre la licitud del "bikini" en la prensa ilustrada: «No es posible desconocer que se utiliza no sólo a diario, durante las temporadas estivales de baños, muy dilatadas en algunas regiones de nuestro país, en playas y piscinas, sino también en espectáculos públicos cinematográficos y en la prensa, por lo que siendo indudable, aunque censurable en puros principios de moral, que la sociedad viene admitiendo y tolerando desde algunos años el uso público de tan trivial atuendo feminino, no puede considerarse que la fotografía constituye una ofensa a la moral.»
9. Sirvan de ejemplo estas citas de la correspondencia de Joaquín Valdés, director de Diez minutos, con la Dirección General de Prensa: «Mi querido Director y amigo: Siento que hayas tenido que echarme la reprimenda con relación a una fotografía de Conchita Velasco. Tienes razón sin ningún género de dudas en tu "señal de alarma". En las revistas con parte frívola, como DIEZ MINUTOS, a veces - y sin querer - se pasa uno del límite que, por otra parte - y ahí está el problema - es difícil saber a veces donde está. Para que no haya dudas en ésto, vuelvo a dar marcha atrás dentro de este criterio y llevaremos el "límite" a campo más tradicional.» (carta de 11-2-1970), y «en cuanto se refiere a la fotografía del centro ha sido un descuido de nuestro retocador, ya que nosotros desde hace mucho tiempo, siguiendo instrucciones mías personales, cubrimos cuanto consideramos de incorrecta publicación en este orden moral. Como prueba de éllo, le acompañamos nuestro número 965, donde pueden ver que aun pecando de mal gusto, hemos cubierto con tinta roja la figura que lleva por pié: "Atrevido traje de cóctel de Rabanne".» (10-3-1970).
10. Es el periodo considerado por Abellán como "época gloriosa" de la censura, por la nómina impresionante - en cuanto a su currículum académico - de censores. A esta época gloriosa le sigue otra trivial dominada por censores descritos por el investigador como del tipo "cavernícola y «pluriempleísta»" (M.L. Abellán, op. cit., p. 110).
11. En el artículo "La literatura y lo otro" (La Estafeta Literaria 30, 10-7-1945, p. 16), sobre las actividades profesionales, extraliterarias, de algunos escritores.
12. Censor "severísimo", según Abellán, que por ejemplo propuso, en 1952, prohibir el estudio de Ricardo Gullón sobre La poesía de Luis Cernuda, no por el contenido del mismo, sino porque el personaje reseñado era enemigo de los principios más importantes del régimen: «religiosos: es blasfematorio; morales: es uranista, y políticos: es rojo.» (M.L. Abellán, op. cit., pp. 94, 113 y 162).
13. Se trata de los casos conocidos de La colmena, del primero, y La quinta soledad, de Pedro de Lorenzo; también cayó víctima del predominio clerical una novela enaltecedora del falangismo, y enaltecida por el régimen, como La fiel infantería de García Serrano. Véase, al respecto, el capítulo dedicado a la censura de J.Mª. Martínez Cachero, La novela española entre 1939 y 1975, (Madrid: Castalia, ), pp. 94-107, y un artículo de Abellán y mío sobre la política literaria del catolicismo oficial, "Función social de la censura eclesiástica. La crítica de libros en la revista Ecclesia (1944-1951).", Cuadernos Interdisciplinarios de Estudios Literarios 1 (1989), pp. 63-118.
14. J. Rodríguez Puértolas, Literatura fascista española, t. 1 (Madrid: AKAL, 1986), p. 381. Desde luego, la prensa en su totalidad, y no sólo Indice y Correo Literario, era semiindependiente; pero, en sentido estricto, creo que es preferible decir que Indice, en los primeros años, ocupaba una posición ideológica próxima al régimen, sin ser propiamente producto de él.
15. Predomina esta aproximación, por ejemplo, en el libro de memorias de Dámaso Santos, De la turba gentil... y de los nombres (Barcelona: Planeta, 1987).
16. Respectivamente, no. 154-155-156, noviembre 1961-enero 1962 y el no. 298-299-300, noviembre-diciembre 1971.
Hago uso de testimonios que proceden, en parte, de entrevistas que hice a algunos de los antiguos colaboradores de Indice y de la censura, o bien de otra parte: en este último caso, de una entrevista con Heleno Saña transmitida por Radio Nacional Española en el programa "Visto y vivido", 29-11-1984.
17. Una versión resumida de este esbozo de la influencia censoria en la revista Indice apareció hace poco en Gilbert Paolini (ed.), La Chispa '89 (New Orleans: Tulane University, 1989), pp. 227-237, bajo el título "La censura en la revista Indice de artes y letras".
18. En 1951 se publicó Libertad de prensa y soberanía informativa, ensayo que preludia la doctrina de Arias Salgado, del futuro Director General de Prensa Manuel Jiménez Quílez, que constituye el número 2 de la serie "Cuadernos de Política y Literatura", en la cual, durante los primeros años de Indice, aparecen artículos de mayor extensión de amigos de Fernández Figueroa y colaboradores de la revista. Además, en el primer número de Indice bajo la dirección de Fernández Figueroa, el anónimo "Libertad de Prensa: una posición" (no. 43, sept. 1951, p. 9).
19. No. 298-299-300 (véase n. 16), pp. 5-16. En la documentación de Alcalá, resulta problemático encontrar galeradas de revistas del periodo comprendido en esta lista. De ésta están ausentes los años 1951, 52 y 53: «No se nos ocurrió, hasta más tarde, archivar las galeradas relativas al caso, y nos abrió los ojos en tal sentido el número [secuestrado] con que se abre la guía, enero-febrero 1954.»
20. Desde luego, se trata de una mera aproximación, ya que distintos factores hacen dudosa la exactitud de los porcentajes: el extravío de una parte de las galeradas, la diferencia en la extensión de las tachaduras, el hecho de haberse publicado gran parte de ellas, o la circunstancia de que muchas se deben a una combinación de motivos (p.e. una crítica política con referencias al exilio, consideraciones religiosas y morales).
Si situamos el cambio de orientación de la revista en los primeros meses de 1956 - suspensión de la revista -, la evolución se pone de relieve en los resultados de las dos etapas:
pol./soc. cult. of. ex./het. moral rel.
1951-55 11 % 17 % 23 % 37 % 11 %
1956-66 54 % 15 % 14 % 10 % 8 %
21. En cifras, y con la misma observación que en la nota anterior: censurado y no publicado - 37 %; publicado en parte - 9 %; publicado con modificaciones - 5 %; publicado - 50 %.
22. Oficio sobre las Obras Completas de Pío Baroja, cit. por Abellán, op. cit., p. 17.
23. "Un número de Indice", por J.Mª. García Escudero, en Arriba, 9-4-'54, y "Nuestro homenaje a Baroja", Signo de 24-4-'54. De contenido más general son "Peligro para el bien común", por Mons. Zacarías de Vizacarra, Ecclesia 658, 20-2-'54, y "Sobre la vida intelectual", compilación de los textos de los prelados españoles, A.C.N. de P., 542-3-4, 15-5-'54.
En julio del mismo año, Fernández Figueroa publica una réplica en la serie "Cuadernos de Política y Literatura" (num. 6), titulada Reflexiones sobre un "homenaje" a Baroja, en la cual sostiene que frente a la irreligiosidad de Baroja los creyentes, tanto desde el punto de vista de la religión como de la táctica, no deberían adoptar una actitud de "estrechez de miras" e intransigencia, sino de misericordia y generosidad.
24. Notificación de la Dirección General de Prensa a Fernández Figueroa de 16-1-'55, firmada por Juan Aparicio. Los últimos números de Alcalá y Haz aparecen el 25 de octubre y el primero de noviembre de 1955, respectivamente, aunque la primera anuncia dedicar más espacio a Ortega en el próximo número, correspondiente al 10 de noviembre.
25. Citadas por N. Vientós Gastón, "Indice cultural", El mundo (San Juan, P.R.), 20-5-'63. También José Luis Cano, secretario de Insula, menciona la existencia de consignas que limitaban los espacios para la noticia, y la decisión de la dirección de la revista de desafiarlas (J.L. Cano, Los cuadernos de Velintonia. Barcelona: Seix Barral, 1986, p. 77).
26. Pliego de descargos de J. Fernández Figueroa. La reautorización se da el 2-4-'56.
27. Varias notas internas de la Dirección General de Prensa, noviembre 1960- enero 1961.
28. "Sanciones", Indice 298-299-300, noviembre-diciembre 1971, pp. 98-99.
29. No. 148, mayo 1961, p. 1.
30. No. 166, noviembre 1962, p. 3.
31. Se trata del número 211-212, de agosto-septiembre de 1966. E. Romero, "Ni una milésima más", Pueblo, 7-10-1966; J. Aparicio, "Menos desconocido" y "La moda azañista", Noticiero universal, 11-10-'72 y 5-2-'75, respectivamente.
32. Informe del Servicio Técnico-Jurídico de la Subdirección General de Prensa, 10-10-1966.
Al artículo de Marichal ("La vocación de M. Azaña", pp. 21-39) le sigue una carta abierta de Fernández Figueroa a Marichal, titulada "Realismo político" (pp. 40-42), en que le reprocha a Azaña una falta de tal realismo: «... de los cuatro modos de políticos de obrar que enuncio (el específicamente político, el revolucionario, el intelectual y el militar) [el intelectual] es el menos idóneo. [...] Azaña, a causa de ser "intelectual" es desdeñoso. No fía en los otros; casi el resto de los españoles. [...] Los lazos de familia no necesitan ser "alardeados": son consanguíneos. Así la relación de tú a tú entre un político con dotes, nato, "nativo", y su pueblo.»
33. Informe del Servicio Técnico-Jurídico de la Subdirección General de Prensa, 1-6-1967, sobre el número 217-218 de Indice.
34. "Sanciones", véase n. 28.
35. No. 221-222-223, de julio-septiembre de 1967, resolución de la Dirección Gral. de Prensa de 4-1-'68: «CONSIDERANDO Que, en el presente caso, se han de tener en cuenta las alegaciones del expedientado en el pliego de descargos y estimar que el artículo objeto de expediente es de tipo histórico y sociológico, sin que los conceptos que en él se vierten tengan entidad jurídica suficiente para considerarlos infracción a las limitaciones que a la libertad de expresión se contienen en el artículo 2o. de la vigente Ley de Prensa.»
36. No. 226, de diciembre de 1967, resolución de la Dirección Gral. de Prensa de 17-5-1968. «[...] la crítica, cuya función primordial es satisfacer un interés social de conocimiento, no debe expresar valoraciones que, desde un punto de vista objetivo, no se atengan a las premisas, debiendo quedar al margen de la misma las apreciaciones negativas inmotivadas o motivadas, no por una contraposición de ideas, sino por criterios puramente subjetivos que, por el modo, la forma y el tiempo en que se difundan sean susceptibles de insinuar sugestivamenteuna opinión apta para deprimir o excitar el espíritu público.»
37. No. 230, de abril de 1968, resolución de la Dirección Gral. de Prensa de 20-8-1968.
38. No. 239, de enero de 1969, resolución de la Dirección Gral. de Prensa de 25-2-'69.
39. Sentencia de 12-5-1969 del Tribunal de Orden Público en Madrid, que distingue «principios simplemente definitorios» de «aquellos otros que sin perder totalmente este carácter programático comportan en la práctica una proyección política, actual ó de futuro, que consiguientemente pueden ser conculcados, negados, ofendidos o menoscabados en su concreta actuación o desenvolvimiento».
40. Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo del 18-11-1971. La Vanguardia, 19-11-1971.
41. "Edición de urgencia. La España de Franco", Indice 241, 15-2-1969.
Los artículos prohibidos son: "El azañismo de Indice", "La «sucesión» de Franco", "Tres silogismos sobre el Opus Dei", "China: el laberinto se aclara", "Los intelectuales y el PC", "El imperio «Playboy»", "Cobra mala fama..." (sobre las bases americanas), "La filosofía de Marcuse", "Holanda, «test» de la Iglesia", "El Isolotto de Florencia, la Iglesia de los pobres y la Iglesia de los ricos", "Francisco Ayala: «Muertes de perro» y "La vida durante la guerra" [de independencia cubana]. Los "Poliedros" de Cándido son censurados parcialmente. Según los datos del no. 298-299-300, los artículos pertenecen al número 241, pero del contenido de este último artículo se deduce que son posteriores. Las galeradas llevan la indicación "241-42".
42. No. 246, 1-5-1969, y no. 248, 1-6-1969. Resueltos por sendas cartas de la Dirección Gral. de Prensa del 22-5-'70.
43. No. 272-273, 1-7-1970. Carta de la Dirección Gral. de Prensa del 20-9-1970.
44. No. 314, septiembre de 1972. Querella criminal contra D. Ridruejo, Juzgado de Orden Público no. 2, 23-9-1972.
45. Y teóricamente, tal influencia sería imposible por el principio de la "alteridad negativa": «posibles infracciones en materias de prensa no pueden ser enjuiciadas por comparación, sino singularmente en cada caso de lo que resulte del texto materialmente difundido». Sentencias del Tribunal Supremo, 13-3, 24-4, 22-11 y 4-12-'69.
46. Ya concluida la redacción de este artículo, ha salido el best-seller de Justino Sinova, La censura de Prensa bajo el franquismo (Madrid: Espasa, 1989), que recoge abundante material auténtico del Archivo de la Administración Civil en Alcalá, pero en el que sobresale negativamente el capítulo dedicado a la justificación de las actividades censorias de Camilo José Cela. También a raíz de la concesión a este escritor del premio Nobel, poco tiempo después, hubo algunas polémicas interesantes sobre la censura y la prensa (véase el comentario acertado de Julio Llamazares en El País de 14 de noviembre 1989, bajo el título "El arzobispo de Manila", p. 19).
Los investigadores Jacqueline Hurtley y Douglas LaPrade, aludidos en la nota 6, han publicado, respectivamente, "Translation in Postwar Spain: Twixt Survival and Interior Exile" y "The Francoist Censorship of Hemingway's Works about Spain", en Cuadernos Interdisciplinarios de Estudios Literarios 1.2 (1989), pp. 265-276 y pp. 277-290. En el primer número de la misma revista ha salido, de Maria Josepa Gallofré, "Entre la proscripció i la retallada: autors catalans en llengua castellana, 1942", Cuadernos Interdisciplinarios de Estudios Literarios 1.1 (1989), pp. 165-175, y, de la misma autora, muy recientemente "«... Unidad precisa y duración segura...»: depuració, suspensió i prohibició (Barcelona, 1939)", en Manuel Abellán (ed.), Medio siglo de cultura (1939-1989), Diálogos Hispánicos de Amsterdam 9 (Amsterdam/Atlanta: Rodopi, 1990), pp. 183-190. También acaba de publicarse la al parecer excelente tesis de Regina Schm"lling, Literatur der Sieger (Literatura de los vencedores) (Frankfurt: Vervuert, 1990), 373 páginas, que lamentablemente por el momento no será traducida al castellano.
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